El control administrativo de la ejecución de OBRAS MENORES (definidas en los artículos 2.28 y 2.29 de las Normas Urbanísticas del vigente Plan General de Ordenación Urbana de Alcorcón), en función de su destino, tipología y características se realizará por el
Para realizar adecuadamente el trámite a realizar lea previamente las siguientes instrucciones
Si por otro lado, desea realizar la subsanación a un requerimiento podrá realizarlo a través del siguiente enlace aportando la documentación solicitada por el departamento de urbanismo.